Quita Deudas, especialistas en la Ley de la Segunda Oportunidad

Concurso para Micropymes y Autónomos

Una nueva oportunidad para tu negocio

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¿Quieres sanear la situación financiera de tu negocio emergente, o la tuya como autónomo, y liberarte de las deudas? ¡Ahora puedes!

Empresario autónomo trabajando en su despacho
Empresaria en su oficina, segura de su negocio
Empresario celebrando frente al ordenador tras resolver sus deudas

Un procedimiento específico para pequeñas empresas

Se ha creado un mecanismo más sencillo y económico adaptado a las necesidades de las pequeñas empresas.

También para autónomos

Los trabajadores autónomos también pueden acogerse a este procedimiento.

Una oportunidad para empezar de nuevo

Puede permitir afrontar las deudas del negocio y emprender un nuevo proyecto sin arrastrar determinadas deudas anteriores.

Recupera el control de tu negocio

Te ayudamos a buscar una solución a los problemas financieros de tu empresa y avanzar hacia una nueva etapa.

Qué es

¿Qué es el procedimiento especial para microempresas y autónomos?

Es la vía que creó la Ley 16/2022 para que los autónomos y las pequeñas empresas con deudas puedan reestructurarlas o cerrar de forma ordenada sin pasar por un concurso de acreedores tradicional. Está en vigor desde el 1 de enero de 2023 y es obligatorio para los negocios que cumplen sus requisitos.

Es un procedimiento más rápido y económico: se tramita de forma telemática con formularios oficiales, la intervención del juzgado y del administrador concursal es más limitada y los plazos son más cortos. Sirve tanto para autónomos (personas físicas) como para sociedades.

Requisitos

¿Quién puede acogerse?

Tu negocio es una microempresa si…

  • Tienes actividad empresarial o profesional: como autónomo o a través de una sociedad.
  • Tuviste de media menos de 10 trabajadores el año anterior.
  • Facturas menos de 700.000 € al año o tienes un pasivo inferior a 350.000 €.

Y además…

  • El negocio no puede pagar sus deudas con regularidad, o prevé que no podrá hacerlo.
  • Quieres seguir con la actividad con un plan de pagos, o cerrarla de forma ordenada.

Si tu empresa supera estos límites, le corresponde el concurso de acreedores. Si no tienes actividad empresarial, la Ley de la Segunda Oportunidad.

Negociación de los acreedores con la empresa

Tienes la oportunidad de negociar con tus acreedores el pago de tus deudas tras comunicárselo al juzgado mercantil. Así lograrás un acuerdo, todo ello antes de abrir el procedimiento especial.

Esto significa que se suspenden las ejecuciones judiciales y extrajudiciales (con algunas excepciones puntuales).

Pasados tres meses, si tu situación es de insolvencia actual, es decir, que no puedes pagar tus deudas, se solicitará la apertura del procedimiento especial.

No hay negociación

También puedes solicitar directamente la apertura del procedimiento especial sin negociar previamente con tus acreedores.

Podrás elegir entre un Plan de Continuación, para mantener tu actividad empresarial, o un Plan de Liquidación, para cerrar la empresa.

En ambos casos, contar con asesoramiento legal especializado te ayudará a afrontar el proceso y defender los intereses de tu negocio.

Las dos vías

Plan de continuación o plan de liquidación

Seguir con el negocio

Plan de continuación

Propones a tus acreedores un plan de pagos, con rebajas (quitas) o aplazamientos (esperas), para mantener la actividad. Los acreedores votan y, si alguno no vota, se entiende que está a favor. Después el juez lo homologa.

Cerrar ordenadamente

Plan de liquidación

Se venden los bienes del negocio de forma rápida, a través de una plataforma electrónica de subastas y venta directa, para pagar a los acreedores. La ley fija un plazo de tres meses, ampliable en casos excepcionales.

Si eres autónomo

Después, puedes cancelar las deudas que queden

Si eres autónomo, este procedimiento no termina en la liquidación del negocio: como persona física puedes pedir además la exoneración del pasivo insatisfecho, es decir, que se cancelen las deudas que no se hayan podido pagar, como en la Ley de la Segunda Oportunidad. Así puedes empezar de nuevo sin arrastrar las deudas del negocio.

En el estudio gratuito revisamos tu caso y te decimos qué vía te conviene y cuánto cuesta.

RESOLVEMOS TUS DUDAS

Preguntas frecuentes sobre el Concurso para Micropymes y Autónomos

Las dudas más habituales de autónomos y pequeños negocios que no pueden hacer frente a sus deudas.

¿Tienes otra duda?

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¿Qué beneficios tiene el Concurso para Microempresas y Autónomos?

Es un procedimiento más rápido, sencillo y económico que el concurso ordinario, pensado para pequeños negocios. Se tramita con formularios oficiales y permite elegir entre continuar con la actividad o liquidarla de forma ordenada.

¿Qué requisitos debo cumplir para acogerme?

Pueden acogerse las personas físicas y jurídicas con actividad empresarial o profesional que tengan menos de 10 trabajadores y un volumen de negocio o pasivo inferior a 700.000 €, y que se encuentren en situación de insolvencia actual o inminente. Estudiamos tu caso para confirmarlo.

¿Qué pasa si quiero cerrar mi negocio?

Puedes optar por un plan de liquidación, que permite vender los bienes del negocio de forma ordenada para pagar a los acreedores. Si eres autónomo, después podrías solicitar la exoneración de las deudas pendientes con la Ley de la Segunda Oportunidad.

MÁS PREGUNTAS FRECUENTES

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